Os notificamos que el Ministerio de Empleo ha eliminado el Libro de Visitas de la Inspección de las empresas, tanto en formato físico como electrónico, dentro de las medidas del Gobierno para reducir cargas administrativas.

En «BOE» núm. 220, de 12 de septiembre de 2016, Empleo ha informado de que la medida traslada de la empresa a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social la obligación de documentar y dejar constancia de las actuaciones inspectoras realizadas en las visitas a las empresas o en las comparecencias de estas en las oficinas de inspección.

QSIM ya ha incorporado esta modificación a los criterios de evaluación para la obtención del Certificado de calidad de la mediación. Las inspecciones que se realizarán a partir de la publicación de esta norma eximirán al mediador de dicha obligatoriedad de presentación del Libro de Visitas.

La nueva regulación elimina de forma definitiva el Libro de Visitas de la Inspección cuyo origen está unido a la creación de la propia Inspección de Trabajo y Seguridad Social, hace 110 años. De hecho, en 1906, el primer reglamento para el servicio de inspección de trabajo, aprobado por el entonces Ministerio de Gobernación, obligaba a que en todos los establecimientos sujetos a inspección existiera un Libro de Visitas. En 2013, este Libro de Visitas se sustituyó por el formato electrónico, en una primera adaptación de la Inspección de Trabajo por el creciente uso de las nuevas tecnologías en las relaciones de las empresas con la Administración.

Fuente BOE